REVOCATORIA
A ver, señores, considero que ya es tiempo de ver resultados inmejorables, óptimos en cada una de las gestiones políticas (gobiernos regionales, alcaldías) a lo largo y ancho del país, ¿no es cierto? Sin embargo, muchas autoridades continúan pidiendo tiempo para iniciar con sus obras de trascendencia, no sé cuánto tiempo más querrán pero lo que sí sé es que estos burgomaestres deberían de ‘dar un paso al costado’ sino poseen idóneos, competentes gerentes y funcionarios que acompaña su misión.
Hoy les quiero informar que desde el 1 de junio de 2016 se podrá adquirir el kit electoral (formato para la recolección de firmas) para solicitar la salida definitiva (revocatoria) de los gobernadores regionales, alcaldes y regidores elegidos para el periodo 2015-2018 que han representado – durante los últimos meses – porcentajes elevados de ineptitud, insuficiencia, inutilidad en sus gestiones como “autoridades”.
“Las ‘consultas populares’ son mecanismos democráticos para que la población ratifique una gestión edil” o la rechace.
Si usted como ciudadano independiente decide reunirse con sus vecinos y comprar el kit en mención y la ONPE aprueba la ‘consulta popular’, este evento democrático se estará llevando a cabo el segundo domingo de junio de 2017.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que:
1) Se puede presentar una revocatoria una sola vez durante el periodo de mandato de la autoridad, según la Ley 30315, norma que modificó la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
2) Si se revoca a un alcalde, éste será reemplazado por el primer regidor accesitario de su misma lista. Y si se revoca al regidor accesitario en mención será el correspondiente accesitario de su lista.
3) Si el funcionario sale del cargo no habrá nuevas elecciones para determinar a los reemplazantes.
4) Si el gobernador de tu región es revocado, atención, lo reemplazará el vicegobernador y si revocan al vicegobernador, su puesto será ocupado por quien resulte elegido por el Consejo Regional entre sus miembros hábiles.
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5) La consulta procederá en cada circunscripción si el pedido está acompañado del 25% de las firmas de los electores de cada lugar.
6) El kit electoral para promover la revocatoria podrá ser obtenido por cualquier ciudadano en la sede central de la ONPE, o en sus diecinueve Oficinas Regionales de Coordinación.
[Con datos: peru21.pe & ONPE │ Imagen de portada: peruweek.com]
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