-
Benicio Ríos Ocsa: este sería el primer escándalo del futuro Congreso de la República del Perú - 7 horas hace
-
¿Cómo se dice: ‘delante de mí’ o delante mío? Adverbios con posesivos: - 9 horas hace
-
Congresista presenta proyecto de ley que impedirá juramentar a congresistas electos con procesos judiciales abiertos - 11 horas hace
-
La peor pesadilla de Verónika Mendoza se hizo realidad – Por Suriel Chacon. - 13 horas hace
-
Luis Alberto Sánchez: El país que nos espera - 1 día hace
-
Bélgica: Se apaga el reactor de una central nuclear - 1 día hace
-
El mejor y más barato vino del mundo es latinoamericano - 1 día hace
-
La lista de Schindler: Redescubren 16.000 artículos arrebatados a judíos por los nazis (fotos) - 1 día hace
-
Conmovedora carta que una madre escribió para el médico que le sugirió abortar a su bebé con síndrome de Down. - 1 día hace
-
Que alguien le pase este artículo a Rosa María Palacios - 2 días hace
CONFIRMADO: la VALLA ELECTORAL en esta contienda electoral será del 5 %
A un día antes de las elecciones generales, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que —para el actual proceso electoral— no se aplicará el incremento de la valla electoral en 1% de los votos válidos a nivel nacional para la cancelación de las organizaciones políticas que participan en alianzas electorales (como ordena la Ley de Organizaciones Políticas, actualmente vigente).
Cabe señalar que, la valla electoral es un mecanismo (impulsado desde el 2006) que evita la dispersión de la representación parlamentaria (es decir, un Congreso, por ejemplo, con 15 partidos distintos) y también sanciona a los partidos quitándoles la inscripción si no obtienen un número mínimo de votos.
¿Cuáles son los requisitos para que los partidos políticos no pierdan su inscripción?
Para no perder su inscripción, los partidos deben cumplir dos requisitos:
1- Alcanzar el 5% de los votos válidos al Congreso en todo el país.
2- Obtener seis parlamentarios en más de una circunscripción electoral.
Esto significa que la valla electoral de 5% se aplicará también para agrupaciones políticas conformadas por más de un partido, como es el caso de Alianza Popular (conformada por el APRA, PPC y Vamos Perú) o Alianza Para el Progreso (Restauración Nacional, Somos Perú y APP)
El máximo órgano electoral explicó que, de acuerdo al principio de irretroactividad de las normas, no es posible aplicar la modificación del inciso A del artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas a las alianzas partidarias que participen en estas elecciones, ya que la norma fue promulgada el 18 de enero y la inscripción de alianzas electorales había vencido el 12 de diciembre del 2015.
(Con datos de: elcomercio.pe | Imagen de portada: peru21)
