La fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, favoreció al presidente Martín Vizcarra en el caso “Swing”. Esto al solo imputarle delitos de tráfico de influencias y obstrucción a la justicia cuyas penas máximas son de seis años. A diferencia del delito de colusión, que tiene una pena de prisión más grave (de 6 a 15 años) y que también está contemplado por el caso.
Además, la decisión de Ávalos, resulta polémica al disponer el iniciar los actos de investigación al término del mandato del jefe de Estado.
Por su parte, el penalista Luis Lamas Puccio se refirió al respecto:
“Es cuestionable que el Ministerio Público no haya abierto la indagación a Vizcarra por colusión, cuando por el mismo caso en la Fiscalía Anticorrupción se apunta justamente a este delito como uno de los ilícitos principales”, dijo Lamas Puccio.
Asimismo, agregó que la Fiscalía de la Nación tuvo un proceder distinto con la exministra Patricia Balbuena por este mismo caso, al imputarle colusión, tráfico de influencias y, de manera alternativa, negociación incompatible.
“La soga siempre se rompe por el lado más débil. En el caso de la exministra, las evidencias son suficientes, pero con Vizcarra, no”, añadió.
Por otra parte, según el penalista Carrión la investigación preparatoria por este caso -a cargo de la Fiscalía Anticorrupción- contra Richard Cisneros, Mirian Morales, Óscar Vásquez, el delito más recurrente es colusión.
“La tesis fiscal es que Vizcarra junto a Mirian Morales habrían instigado a los ministros de Cultura para contratar a Richard Cisneros. La Fiscalía envió un informe con estos hechos al despacho de la Fiscalía de la Nación”, dijo.
Los delitos que tienen penas menores de seis años, la Fiscalía no tendría cómo solicitar medidas como una prisión preventiva para Vizcarra cuando culmine su mandato.
Con información de: Correo.pe