Un tribunal de justicia de la Unión Europea acaba de prohibir llamar “leche” a cualquier derivado de los productos vegetales. Es así que, tanto en los supermercados como en las tiendas ya no se verán los acostumbrados productos denominados “leche de soya”, “queso vegetal”, “mantequilla de tofu”, entre otros.
Esta prohibición recae sobre los países que conforman la Unión Europea, los cuales son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suecia.
Gracias a este fallo, aquellos productos que sean de origen vegetal no podrán ser comercializados con nombres como: “leche”, “nata”, “mantequilla”, “queso” o “yogurt”. Estos términos solo serán usados para productos de origen animal.
Esta decisión llega tras la disputa legal entre la sociedad mercantil alemana TofuTown, la cual produce y comercializa productos vegetarianos y veganos, y el Verband Sozialer Wettbewerb, la cual lucha contra la competencia desleal.
Para esta última, TofuTown iría en contra de la ley de la Unión Europea al usar las denominaciones referentes a la leche o productos lácteos en productos que no soy de origen animal. Por eso los denunció ante el Landgericht Trier (Tribunal Regional Civil y Penal de Tréveris, Alemania).
En su defensa, TofuTown aseguró que las publicidades de sus productos no van en contra de las normas de la UE, ya que, según la empresa, sus consumidores entienden con esas denominaciones de qué trata el producto. Incluso, aseguran que cuando usan palabras como “mantequilla” o “leche”, estas siempre están relacionadas con términos a los productos de origen vegetal, como “mantequilla de tofu”, lo cual no daría pie a equivocaciones.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia terminó fallando a favor de Verband Sozialer Wettbewerb, pues señala que la norma manda que, tanto en la comercialización como en la publicidad, se use la denominación “leche” solo en productos que contengan o sean leche de origen animal.
“Sin perjuicio de las excepciones establecidas expresamente, esta normativa reserva las denominaciones ‘nata’, ‘chantilly’, ‘mantequilla’, ‘queso’ y ‘yogurt’ únicamente a los productos lácteos, es decir, a los derivados de la leche”, asegura el fallo.
Tras este caso, se ha determinado que los productos que no sean de origen animal están prohibidos de usar denominaciones de productos lácteos. Sin embargo, si se podrán aplicar a las descripciones o explicaciones del producto, las cuales no tendrían riesgo de confundir al consumidor, según explica el fallo del Tribunal.
[Con información: Diario Gestión: Imagen de portada: multifoodsrd.com]