La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció que las entidades del sistema financiero podrán modificar los contratos de créditos para que los deudores puedan cumplir con sus pagos.
Pero, el requisito es que los clientes no hayan presentado atrasos en sus pagos al momento en que se declaró la emergencia.
Según la SBS las entidades correspondientes deberán analizar cada caso en particular teniendo en cuenta las evaluaciones de riesgo y la documentación de cada deudor.
Los créditos que se reprogramen serán registrados en cuentas correspondientes del rubro 14 del Manual de contabilidad para las empresas del sistema financiero.
Bancos seguirán atendiendo
Cabe precisar que las entidades bancarias se encuentran dentro de las instituciones que podrán seguir funcionando durante este Estado de Emergencia. Los clientes podrán hacer uso de los bancos sea en su plataforma física o virtual.
Además, de acuerdo con la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), las entidades financieras están comprometidas a evaluar cada caso que sus usuarios para brindar soluciones a los más afectados ante la expansión del coronavirus.
Por su parte, el Banco de la Nación anunció que desde este lunes 16 de marzo los servicios, tasas y giros ya no se podrán realizar de manera física en las agencias. Todo se realizará a través de canales alternos y digitales, según señala la entidad en un comunicado.
Datos. RPP