La Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lima del Ministerio Público acaba de abrir un proceso disciplinario de oficio y un expediente para investigar las actividades sospechosas de José Pérez Gómez (JPG), actual titular de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, ya que este letrado era el único que poseía el interrogatorio hecho, por él mismo, al fiscal de la Nación, Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos y que, luego, de manera increíble apareció publicada en el portal de noticias de la concentración de medios.
La medida se hizo tras la aparición de información clasificada ([interrogatorio hecho por JPG a Chávarry] sobre el presunto vínculo con Keiko y su acusación por lavado de activos) en la página web de un medio local.
DATO: JPG, actualmente, se desempeña como titular de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio del Ministerio Público del Perú. Dirige las investigaciones sobre los expresidentes peruanos Alejandro Toledo, Alan García y Pedro Pablo Kuczynski y sobre la excandidata presidencial Keiko Fujimori, quienes, presuntamente, estarían envueltos en el megacaso de corrupción denominado Lava Jato.
¿Qué hizo precisamente el fiscal José Domingo Pérez Gómez?
Habría filtrado a un diario local las preguntas y las respuestas formuladas durante el interrogatorio que él mismo le hizo al actual fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, el pasado 1 de diciembre. ¿¡Más rochoso no pudo ser!?
¿Qué revelaría este deplorable proceder de Pérez? Algo muy elemental, que el filtrador de información no sería, precisamente, el fiscal Superior Coordinador del Caso Odebrecht del Perú, Alonso Peña Cabrera, sino otro.
Todo indica que el proceso de investigación que se le seguirá a José Domingo Pérez Gómez tendrá como resultado que el susodicho incurrió en la infracción administrativa prevista en el numeral 6 del artículo 46 de la Ley de Carrera Fiscal.
De acuerdo con los documento del organismo público, que llevan la rubrica de la fiscal superior adjunta Rosario Soledad Velasco Sánchez, la acción “constituye una infracción administrativa al comportamiento indebido activo u omisivo que sin ser delito resulte contrario a los deberes y prohibiciones de los magistrados en el ejercicio de su actividad”.

Foto: captura

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