El sueldo mínimo de maestros se elevará este año de S/1,555 a S/1,780 a nivel nacional, con la previsión de que ningún maestro del ámbito público gane menos de S/ 2,000 desde el 2018.
El diario el Peruano publicó la promulgación en Ley Nº 30541, con fecha 23 de febrero de 2017, esta ley que modifica la n° 29944, Ley de Reforma Magisterial y que establece disposiciones para el pago de remuneraciones de docentes de institutos y escuelas de educación superior.
Como se recuerda el proyecto de ley fue presentado por el Ejecutivo y aprobado por el Congreso a inicios de enero de este año.
Esta nueva norma implicará que el sueldo mínimo de los maestros se elevará este año de S/1,555 a S/1,780 a nivel nacional. Y con la perspectiva de que ningún maestro del ámbito público gane menos de S/ 2,000 en el 2018, así lo informó el Ministerio de Educación (Minedu).
Asimismo, para los docentes de la primera a la cuarta escala salarial, que representan el 95% del magisterio, los incrementos serán de 20% a 30%, por ser los que menos ganan.
Los que están en las escalas superiores también recibirán aumentos, pudiendo llegar hasta S/ 3,500 en el 2018, sustentó el Minedu.
Paralelamente, la norma permitirá que los docentes puedan ascender de la primera a la octava escala salarial en veinte años y ya no en treinta años como ocurre ahora.
De ese modo, el docente podrá ver un incremento de 23% en su remuneración en menor tiempo, refirió el Minedu. Y en el caso de un profesor de educación rural podría lograr en trece años llegar a la octava escala.
Igualmente, con el fin de garantizar una educación de calidad, se mantendrán las evaluaciones de desempeño las cuales serán cada cinco años y ya no tres. En estos casos, las direcciones regionales de educación (DRE) brindarán apoyo técnico a los comités de evaluación.
Por otro lado, en el caso de los directivos de las instituciones educativas, ellos se mantendrán en sus puestos por el periodo de cuatro años ya no de tres para luego rendir un examen para ser ratificados en sus cargos.
En el caso de los directores de la unidades de gestión educativa local y de las DRE serán evaluados cada dos años y ya no anualmente.
Finalmente, los docentes que están en la tercera escala podrán ahora postular al cargo de directores de colegios públicos, cumpliendo el requisito de contar como mínimo con cuatro años de experiencia en la carrera magisterial.
[Datos: Gestión.pe, Diario El Peruano | Imagen de portada: educaciónenred.pe]