El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) informó que el Consejo Técnico Penitenciario del Penal Ancón II determinó la sanción de “limitación de comunicaciones con el exterior, sin perjuicio del derecho a la defensa” al interno Antauro Humala Tasso por 30 días.
La Dirección del Penal precisó el 4 de noviembre de 2020 a las 3:00 p.m. se realizó la audiencia de lectura de la Resolución N° 011-2020-INPE-ROL/EP-ANCÓN II-CTP, emitida por el Consejo Técnico Penitenciario, “por haber incurrido el 10 de septiembre en la falta disciplinaria grave de ‘interferir o desobedecer las disposiciones de seguridad’ prevista en el inciso 3) del artículo 25° del Reglamento del Código de Ejecución Penal”.
Además, el INPE precisó que la audiencia se llevó a cabo tomando en cuenta los “principios del debido proceso, particularmente, los referidos al cumplimiento de plazos y derecho a la defensa”.
Asimismo, indicó, que Humala Tasso acudió con su abogado defensor, Armando Sigifredo Sandoval Rosales.
Esta sanción se produce en el marco del proceso disciplinario iniciado en contra del sentenciado luego de que se hiciera público el jueves 22 de octubre un audio que revelaba una comunicación que mantuvo Antauro Humala desde el penal Piedras Gordas con miembros del denominado Frente Patriótico, donde participaron, además, congresistas de UPP a mediados de setiembre.
Como se recuerda, las autoridades del penal de Ancón II, en donde Antauro Humala cumple condena de 19 años de prisión por los delitos cometidos en el caso ‘Andahuaylazo’, dispusieron su aislamiento preventivo por siete días ante sus faltas reiteradas el pasado 2 5 de octubre.
Asimismo, se le trasladó al penal de Ancón I “por razones de seguridad penitenciaria” y se dispuso el relevo del personal a cargo de su seguridad.
Cabe precisar que para algunos la sanción, después de conocerse las constantes infracciones al reglamento cometidas por Antauro Humala en la cárcel, sería benigna al limitar sus comunicaciones con el exterior solo por 30 días.