Sí, cómo usted lo ha leído, un programa que pertenece a la televisión comercial (conducida por una mujer) que vulneró los derechos fundamentales de otra mujer y nadie dijo nada al respecto, la pregunta es: ¿Por qué?
Lo que hizo el programa “Nunca más” conducido por Andrea Llosa, es condenable aquí y en la China, y estoy seguro que si esto hubiera ocurrido en EE.UU., o en un país con un sistema de justicia, valga la redundancia, más justa que la nuestra, la señora Llosa y los productores del referido programa ahora mismo estarían tras las rejas o con una condena suspendida después de haber pagado una millonaria reparación civil a la indefensa víctima, pero como estamos en un país en el que ciertos periodistas han adoptado la postura de Dios o diosa, además de considerarse que son los poseedores exclusivos de la verdad, ¿Qué podemos esperar?
AQUÍ EMPIEZA LA LACERANTE HISTORIA DE LUISA TORRES MENDOZA:
El programa “Nunca más” emitió imágenes del internamiento involuntario (¿secuestro televisado?) de la ciudadana peruana, Luisa Torres Mendoza, en el centro de salud mental, Víctor Larco Herrera, asimismo, no se habría dado el consentimiento para la difusión de ese material. Pero, ¿Por qué se internó a esta mujer? Supuestamente por padecer la enfermedad de esquizofrenia.
Renata Anahí Bregaglio Lazarte denunció a ATV con estos sólidos argumentos:
Ante este hecho, integrantes del Instituto de Derechos Humanos de la PUCP se enteraron de esta violación a los derechos fundamentales de Luisa Torres Mendoza y tomaron el caso, Renata Bregaglio, representante de la referida institución, presentó una denuncia en contra del programa “Nunca más” que se transmite por el canal 9, ATV. El conducto regular fue la S.N.R.T.V., no obstante, en una primera instancia la Sociedad Nacional de Radio y Televisión determinó que la acusación carecía de sustento, es decir, resolvieron como una delación infundada.
Tras esta decisión injusta, Bregaglio apeló, y afortunadamente, el tribunal de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión replanteó y revisó la denuncia, y determinó sancionar con una multa de cinco unidades impositivas tributarias (5 UIT) a la compañía, Andina de Radiodifusión (ATV – Canal 9) por haber permitido que se difundan las imágenes que vulneran los derechos fundamentales de la ciudadana Luisa Torres Mendoza, en el programa “Nunca más” conducido por la periodista Andrea Llosa, según Renata este programa: “habría promovido dicho internamiento, el cual -a su juicio- resultó ser inconstitucional y atentatorio de los principios del Código de Ética de la SNRTV y contravenir la Ley General de la Persona con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
El argumento de Bregaglio es simplemente demoledor y ATV no pudo responder y perdió el proceso.
Esperemos que NUNCA MÁS la aludida comunicadora y su programa de televisión vulneren y violen los derechos fundamentales de las personas.
Ahora bien, creo firmemente que la sanción es una ganga, momio, bicoca para una empresa multimillonaria como Andina de Radiodifusion – ATV – Canal 9, ya que esta compañía debió de indemnizar a la víctima, y, además, pagar por concepto de multa o penalidad, una fuerte suma de dinero a la S.N.R.T.V. por haber violado y vulnerado las normas establecidas en el Código de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión.
AQUÍ ESTÁ EL TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA DE LA S.N.R.T.V.
Resolución Tribunal SNRTV – Nunca Más by Clinica Jurídica en Discapacidad on Scribd
¿EL DOBLE DISCURSO DE ANDREA LLOSA?
Ahora bien, la señora Andrea Llosa se une a la marcha #Niunamenos, cuando su programa “Nunca más” violó y vulneró «los principios referidos a la defensa de la persona humana, especialmente de una mujer de nombre Luisa Torres Mendoza, violó y vulneró el respeto a la dignidad; la defensa del orden jurídico democrático de los derechos fundamentales y de las libertades consagradas en los tratados internacionales; y, el respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar, todos ellos, contemplados en el Código de Ética y el Pacto de Autorregulación; con relación a la edición del programa “Nunca Más”, difundido el 19 de abril de 2015, en la cual se presentó el caso de una mujer que habría sido internada en contra de su voluntad en centro de salud mental». No lo digo yo, lo dicen la propia SNRTV y el Instituto de Derechos Humanos de la PUCP.
EVIDENCIA:
¿TAMBIÉN BORRARON LA EVIDENCIA?
[Créditos. imagen de portada: captura (ATV)]
TUITÓSFERA 2016:
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